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Cartel de alérgenos para hostelería, gratis para imprimir

Cartel A4 gratis con los 14 alérgenos de declaración obligatoria y el aviso "Si tienes alguna alergia o intolerancia, pregúntanos". Pulsa Imprimir, elige tu impresora o "Guardar como PDF", escribe dónde está la información de tu local y cuélgalo bien visible en la zona de venta.

Actualizado en octubre de 2026 · Con las fuentes oficiales al final

¿Lo quieres con iconos o en otros idiomas? En el kit de alérgenos gratis tienes el cartel con iconos en español, inglés, francés, alemán, italiano y catalán, el aviso de "Información sobre alérgenos" y los 14 iconos para tu carta.

El cartel de los 14 alérgenos, listo para imprimir

Sale en un solo A4 vertical y se lee igual en color que en blanco y negro. Antes de colgarlo, escribe a mano en la línea de abajo dónde puede consultar el cliente la información: en la carta, en una carpeta en la barra o preguntando al personal.

Información sobre alérgenos

Si tienes alguna alergia o intolerancia alimentaria, pregúntanos antes de pedir.

  1. GlutenTrigo, espelta, centeno, cebada, avena
  2. CrustáceosGamba, langostino, cigala, cangrejo
  3. HuevoMayonesa, rebozados, merengue
  4. PescadoCaldos, surimi, anchoas
  5. CacahueteCrema, aceite y salsas de cacahuete
  6. SojaSalsa de soja, tofu, lecitina de soja
  7. LecheNata, queso, mantequilla, lactosa
  8. Frutos de cáscaraAlmendra, avellana, nuez, pistacho, anacardo, pacana, nuez de Brasil, macadamia
  9. ApioCaldos, sopas, sofritos
  10. MostazaSalsas, aliños, vinagretas
  11. SésamoSemillas, tahini, hummus
  12. SulfitosMás de 10 mg/kg o 10 mg/l
  13. AltramucesEncurtidos y harina de altramuz
  14. MoluscosMejillón, almeja, calamar, pulpo

Tenemos a tu disposición la información sobre los alérgenos de nuestros productos. Pídela al personal o consúltala en:

Alérgenos de declaración obligatoria: anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011.

¿Es obligatorio colgar un cartel de alérgenos?

Depende de cómo informes. El Real Decreto 126/2015 obliga a poner un cartel cuando la información de alérgenos no está en etiquetas o carteles junto a cada alimento, sino que se da por otros medios, como una carpeta, o de palabra (artículo 6.5.b). Ese cartel tiene que:

  • estar en la zona de venta, visible y legible;
  • decir dónde está la información o que se puede pedir al personal;
  • repetirse en cada sección, si el establecimiento tiene varias, como la charcutería, la panadería y la pescadería de un supermercado.

No hace falta si la información ya está en etiquetas o en carteles junto a cada alimento (artículo 6.5.c), ni en los lugares que sirven comidas adaptadas específicamente a personas con alergias o intolerancias, donde la información tiene que estar disponible igualmente (artículo 6.5.d). La AESAN, en sus preguntas frecuentes, también incluye en lo que debe tener un restaurante un cartel bien visible que diga que hay información sobre alérgenos.

Lo obligatorio no es la lista de los 14 alérgenos, sino el aviso de dónde está la información. Este cartel lleva las dos cosas: la línea de abajo es la que cumple el artículo 6.5.b, siempre que la rellenes.

¿Para qué sirve un cartel de alérgenos?

Sirve para que el cliente con alergia pregunte antes de pedir, y no después. Además:

  • Cumple el aviso que pide la norma cuando informas de palabra o con una carpeta, si rellenas la línea de abajo.
  • Recuerda al equipo cuáles son los 14 alérgenos que hay que vigilar en cada plato.
  • Vale para cualquier negocio que venda sin envasar: bares, restaurantes, comedores, panaderías, pastelerías, charcuterías o puestos de mercado.

Cómo usar el cartel, paso a paso

  1. Imprímelo en A4 vertical. Pulsa el botón Imprimir. Si quieres un PDF, elige "Guardar como PDF" en lugar de tu impresora.
  2. Rellena la línea de abajo con el sitio exacto: "en la carta", "en la carpeta de la barra", "en la tabla junto a la caja".
  3. Cuélgalo donde se pide o se compra, a la vista y a una altura en la que se lea bien. Si tienes varias secciones, uno en cada una.
  4. Ten detrás la información real. Si informas de palabra, tiene que estar registrada por escrito o en formato electrónico en el local (artículo 6.5.a). Lo más sencillo es nuestra tabla de alérgenos para rellenar plato a plato.
  5. Explica al equipo qué responder cuando un cliente pregunte. Lo tienes en la guía de los 14 alérgenos.

Lo que el cartel no sustituye

El cartel avisa, pero no informa por sí solo. Además necesitas saber qué alérgenos lleva cada plato o producto, y darlo a conocer de una de estas formas:

  • por escrito junto al alimento, en etiquetas o carteles (Real Decreto 126/2015, artículo 6.2);
  • en la carta o el menú, como admite la AESAN: mira cómo poner los alérgenos en la carta;
  • o de palabra, con un registro escrito o electrónico que el personal, las autoridades de control y los clientes puedan consultar (artículo 6.5.a).

Y que el equipo sepa manejarlo. El curso de manipulador de alimentos incluye un módulo sobre alérgenos, y el examen es gratis.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo encontrar un PDF sobre los alérgenos alimentarios?

En esta misma página: pulsa Imprimir y elige "Guardar como PDF" para tener el cartel en PDF. Si buscas el texto legal, la lista está en el anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011, que puedes consultar gratis en EUR-Lex (el enlace está en las fuentes).

¿Es obligatorio tener una carta de alérgenos?

Lo obligatorio es informar de los alérgenos de lo que sirves, no que estén en la carta. Puedes hacerlo en la carta, con etiquetas o carteles junto al alimento, o de palabra con un registro escrito y el cartel. Te lo explicamos en cómo hacer una carta de alérgenos.

¿Cuáles son los 14 alérgenos de declaración obligatoria en España?

Cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos (por encima de 10 mg/kg o 10 mg/l), altramuces y moluscos. Son los del anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011.

¿Tiene que llevar pictogramas el cartel?

No. El Real Decreto 126/2015 pide una "referencia clara a la sustancia o producto", no un icono, y la AESAN cita los pictogramas como opcionales en cartas y menús. Lo importante es que cada alérgeno se nombre con claridad.

¿Vale el cartel para una tienda o una panadería?

Sí. El Real Decreto 126/2015 se aplica a lo que se vende sin envasar al consumidor final, a lo que se envasa a petición del comprador y a lo que envasa el propio comercio para la venta inmediata. Una panadería o una charcutería necesita el aviso igual que un bar si no informa junto a cada producto.

Fuentes