Formación de manipuladores de alimentos en cada comunidad autónoma
En 18 de los 19 territorios formar manipuladores no requiere autorización: su norma antigua está derogada, la administración la da por derogada o nos lo ha confirmado por escrito, como Galicia y Navarra en octubre de 2026. Solo en Ceuta sigue publicada una norma antigua cuya derogación no consta; hemos pedido aclaración por escrito y estamos esperando la respuesta.
Actualizado en octubre de 2026 · Con las fuentes oficiales al final
Resumen: libre en 16 de 19 territorios
"Libre" quiere decir aquí que la comunidad no exige autorizar ni registrar a quien forma manipuladores: la empresa alimentaria elige cómo formar a su personal y la inspección comprueba que trabaja con higiene. Así quedan las 17 comunidades autónomas, Ceuta y Melilla:
| Territorio | Norma antigua | Estado |
|---|---|---|
| Andalucía | Decreto 189/2001 | Derogada (Decreto 141/2011) |
| Aragón | Decreto 81/2005 | Derogada tácitamente, según la administración |
| Asturias | Decreto 8/2002 | Derogada (Decreto 117/2010) |
| Illes Balears | Decreto 3/2003 | Sin autorización según su web oficial; derogación expresa no localizada |
| Canarias | Orden de 10 de julio de 2002 | Derogada (Orden de 23 de noviembre de 2010) |
| Cantabria | Decreto 34/2001 | Derogada tácitamente, según la administración |
| Castilla-La Mancha | Decreto 52/2002 | Derogada (Decreto 56/2021) |
| Castilla y León | Decreto 269/2000 | Derogada (Decreto 5/2011) |
| Cataluña | Decret 208/2001 | Derogada (Decret 330/2011) |
| Comunitat Valenciana | Decreto 73/2001 | Derogada (Decreto 106/2010) |
| Extremadura | Decreto 138/2002 | Sin autorización según su web oficial; derogación expresa no localizada |
| Galicia | Decreto 290/2003 | Sin efecto práctico: no hace falta autorización (confirmado por escrito, oct. 2026) |
| Comunidad de Madrid | Decreto 10/2001 | Derogada tácitamente, según la administración |
| Región de Murcia | Decreto 66/2001 | Derogada (Decreto 80/2011) |
| Navarra | Decreto Foral 108/2003 | Sin efecto: no hace falta autorización (confirmado por escrito, oct. 2026) |
| País Vasco | Decreto 211/2001 | Derogada (Decreto 337/2010) |
| La Rioja | Decreto 1/2003 | Derogada (Decreto 6/2011) |
| Ceuta | Reglamento de 15 de septiembre de 2003 | Dudoso: no consta derogada |
| Melilla | Reglamento de 2006 (BOME n.º 4.325) | Derogada tácitamente, según la administración |
Por qué importan las normas de cada comunidad
La base es estatal y europea. El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que regulaba el carné de manipulador, y la AESAN explica que desde entonces los centros de formación "ya no necesitan ninguna homologación o autorización de ningún organismo oficial". Según la AESAN, los justificantes de formación tienen validez en todo el territorio nacional.
Pero el Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, capítulo XII, punto 3, también obliga a cumplir "la legislación nacional relativa a los programas de formación" de determinados sectores, y el documento de orientación de la AESAN aclara que esa legislación incluye las normas autonómicas. Por eso conviene saber qué pasó con el decreto que cada comunidad aprobó en desarrollo del antiguo Real Decreto 202/2000.
"Dudoso" no quiere decir prohibido ni libre: quiere decir que la comunidad no ha aclarado de forma expresa si su norma antigua sigue en vigor.
Andalucía
Guía completa: curso de manipulador de alimentos en Andalucía: qué dice la normativa y dónde formarte.
Derogada de forma expresa en 2011.
- Norma antigua: Decreto 189/2001, de 4 de septiembre, que regulaba los planes de formación de manipuladores y la autorización y registro de las entidades formadoras (BOJA n.º 114, de 2 de octubre de 2001).
- Estado: derogada por el Decreto 141/2011, de 26 de abril, en su disposición derogatoria única (BOJA n.º 92, de 12 de mayo de 2011). La Junta indica que las autorizaciones concedidas dejaron de tener validez a partir del 13 de mayo de 2011.
- Web oficial: Junta de Andalucía, manipuladores de alimentos.
Si buscas un curso gratis de la Junta, los publica el Servicio Andaluz de Empleo cuando hay convocatoria: te lo explicamos en cómo sacar el carnet de manipulador gratis.
Aragón
Derogada tácitamente, según la propia administración.
- Norma antigua: Decreto 81/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Manipuladores de Alimentos en Aragón (BOA n.º 50, de 25 de abril de 2005), desarrollado por una Orden de 16 de mayo de 2005.
- Estado: un escrito del Director General de Salud Pública de marzo de 2010 explica que la derogación del Real Decreto 202/2000 "conlleva la derogación del Decreto 81/2005". No es una norma publicada en el BOA, sino el criterio de la administración.
- Web oficial: Gobierno de Aragón, manipuladores de alimentos.
Asturias
Derogada de forma expresa en 2010.
- Norma antigua: Decreto 8/2002, de 24 de enero, que regulaba los programas de formación en higiene de los alimentos (BOPA n.º 28, de 4 de febrero de 2002).
- Estado: derogada por el Decreto 117/2010, de 1 de septiembre, en su artículo único (BOPA n.º 212, de 13 de septiembre de 2010).
- Web oficial: Principado de Asturias, formación de los manipuladores de alimentos.
Illes Balears
Su web oficial dice que no hay normativa ni registro propios, aunque no hemos localizado la derogación expresa de su decreto de 2003.
- Norma antigua: Decreto 3/2003, de 10 de enero, sobre la formación de manipuladores de alimentos y la autorización de las empresas y entidades de formación (BOIB n.º 10, de 21 de enero de 2003).
- Estado: la web del Govern afirma que la comunidad "no ha desarrollado normativa específica al respecto", que no existe un registro de entidades formadoras y que estas no necesitan ser reconocidas por organismos oficiales. No cita el Decreto 3/2003 ni hemos encontrado la norma que lo derogue.
- Web oficial: Govern de les Illes Balears, manipulador de alimentos.
Canarias
Guía completa: curso de manipulador de alimentos en Canarias: qué dice la normativa y dónde formarte.
Derogada de forma expresa en 2010.
- Norma antigua: Orden de 10 de julio de 2002, que regulaba la formación de manipuladores y la autorización y registro de las entidades formadoras (BOC n.º 111, de 19 de agosto de 2002).
- Estado: derogada por la Orden de 23 de noviembre de 2010, que suprime la intervención administrativa sobre estas actividades (BOC n.º 247, de 17 de diciembre de 2010).
- Web oficial: Servicio Canario de la Salud, preguntas frecuentes de seguridad alimentaria.
Cantabria
Derogada tácitamente, según la propia administración.
- Norma antigua: Decreto 34/2001, de 27 de abril, que desarrollaba el Real Decreto 202/2000 en Cantabria (BOC n.º 86, de 7 de mayo de 2001).
- Estado: el Servicio Cántabro de Salud explica que, al derogarse el Real Decreto 202/2000, quedaron "tácitamente derogadas las disposiciones autonómicas de desarrollo". No hemos localizado una derogación expresa en el BOC.
- Web oficial: Servicio Cántabro de Salud, manipuladores de alimentos.
Castilla-La Mancha
Derogada de forma expresa en 2021.
- Norma antigua: Decreto 52/2002, de 23 de abril, de entidades formadoras de manipuladores de alimentos.
- Estado: derogada por el Decreto 56/2021, de 11 de mayo, del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios, en su disposición derogatoria única (DOCM n.º 95, de 19 de mayo de 2021).
- Web oficial: no hemos localizado una página de la Consejería de Sanidad dedicada a manipuladores. El enlace oficial es el propio DOCM.
Castilla y León
Derogada de forma expresa en 2011.
- Norma antigua: Decreto 269/2000, de 14 de diciembre, que regulaba los planes de formación sobre higiene de los alimentos (BOCyL n.º 244, de 20 de diciembre de 2000).
- Estado: derogada por el Decreto 5/2011, de 3 de febrero, en su disposición derogatoria (BOCyL n.º 27, de 9 de febrero de 2011). La Junta explica que con ello se suprimieron la autorización y el registro de entidades formadoras.
- Web oficial: Salud Castilla y León, manipuladores de alimentos.
Cataluña
Guía completa: curso de manipulador de alimentos en Cataluña: qué dice la normativa y dónde formarte.
Derogada de forma expresa en 2011.
- Norma antigua: Decret 208/2001, de 24 de juliol, sobre las actividades de formación de manipuladores de alimentos por entidades autorizadas (DOGC n.º 3443, de 1 de agosto de 2001).
- Estado: derogada por el Decret 330/2011, de 3 de maig, en su artículo único (DOGC n.º 5872, de 5 de mayo de 2011). La Agència Catalana de Seguretat Alimentària indica que los centros de formación no necesitan homologación ni autorización oficial.
- Web oficial: ACSA, manipuladors d'aliments.
Comunitat Valenciana
Guía completa: curso de manipulador de alimentos en la Comunitat Valenciana: qué dice la normativa y dónde formarte.
Derogada de forma expresa en 2010.
- Norma antigua: Decreto 73/2001, de 2 de abril, sobre formación de manipuladores de alimentos y autorización de las entidades de formación (DOGV n.º 3975, de 6 de abril de 2001).
- Estado: derogada por el Decreto 106/2010, de 25 de junio, en su disposición derogatoria segunda (DOGV n.º 6299, de 29 de junio de 2010). Ojo: su título habla de laboratorios de salud pública, por eso cuesta encontrarlo.
- Web oficial: Conselleria de Sanidad, seguridad alimentaria.
Extremadura
Su web oficial dice que no hace falta autorización, aunque no hemos localizado la derogación expresa de su decreto de 2002.
- Norma antigua: Decreto 138/2002, de 8 de octubre, sobre la formación de manipuladores y la autorización de las entidades de formación (DOE n.º 119, de 15 de octubre de 2002).
- Estado: el Servicio Extremeño de Salud afirma que los centros "no necesitan ninguna homologación o autorización oficial" y que los justificantes no tienen caducidad. No cita el Decreto 138/2002, que sigue apareciendo sin nota de derogación en su índice de normativa.
- Web oficial: Servicio Extremeño de Salud, formación de manipuladores de alimentos.
Galicia
No hace falta autorización, confirmado por escrito. Lo preguntamos a la Consellería de Sanidade, y el 17 de octubre de 2026 el Servicio de Seguridad Alimentaria de la Dirección Xeral de Saúde Pública nos respondió que el decreto de 2003 "no está formalmente derogado", pero que sus efectos prácticos están "desplazados" por la normativa estatal y europea posterior, y que los centros "ya no necesitan ninguna homologación o autorización de ningún organismo oficial para impartir formación a los manipuladores de alimentos".
- Norma antigua: Decreto 290/2003, de 4 de junio, sobre la formación de manipuladores de alimentos y la autorización y registro de las entidades formadoras (DOG n.º 123, de 26 de junio de 2003).
- Qué exigía: autorización de la entidad formadora, un titulado superior como responsable de la formación, avisar 72 horas antes de cada curso y poner el número de registro de la entidad en el certificado.
- Estado: no está formalmente derogado, pero la Xunta confirma por escrito que ya no se exige autorización: el Real Decreto 202/2000, que desarrollaba, lo derogó el Real Decreto 109/2010.
- Web oficial: Sergas, manipuladores de alimentos.
Comunidad de Madrid
Guía completa: curso de manipulador de alimentos en Madrid: qué dice la normativa y dónde formarte.
Derogada tácitamente, según la propia administración.
- Norma antigua: Decreto 10/2001, de 25 de enero, sobre la formación de los manipuladores y la autorización de los centros y programas de formación (BOCM n.º 32, de 7 de febrero de 2001).
- Estado: la Comunidad explica que el Real Decreto 109/2010 derogó expresamente el Real Decreto 202/2000 "e implícitamente el Decreto 10/2001". Añade que ya no se autorizan las empresas o centros de formación y que la formación puede ser "presencial, semipresencial o a distancia".
- Web oficial: Comunidad de Madrid, manipuladores de alimentos.
Región de Murcia
Guía completa: curso de manipulador de alimentos en Murcia: qué dice la normativa y dónde formarte.
Derogada de forma expresa en 2011.
- Norma antigua: Decreto 66/2001, de 14 de septiembre, que regulaba la formación continuada obligatoria de los manipuladores de alimentos (BORM n.º 221, de 22 de septiembre de 2001).
- Estado: derogada por el Decreto 80/2011, de 20 de mayo, en su disposición derogatoria única (BORM n.º 120, de 27 de mayo de 2011).
- Web oficial: Murcia Salud, manipuladores de alimentos.
Navarra
No hace falta autorización, confirmado por escrito. Lo preguntamos al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, y el 16 de octubre de 2026 nos respondió que el decreto foral "quedó sin efecto tras la actualización del marco normativo europeo y nacional" y que "no es necesaria autorización, comunicación o inscripción previa". Es la empresa alimentaria la que debe garantizar que su personal reciba una formación adecuada a su puesto.
- Norma antigua: Decreto Foral 108/2003, de 12 de mayo, sobre las actividades de formación de manipuladores de alimentos y su régimen de autorización y registro (BON n.º 85, de 4 de julio de 2003).
- Qué exigía: autorización de la entidad por cinco años, profesorado titulado, avisar de cada curso siete días antes y enviar la lista de aprobados en los siete días siguientes.
- Estado: sin efecto, según la respuesta escrita del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, aunque LexNavarra no muestra ninguna nota de derogación. La guía oficial de buenas prácticas de higiene en la elaboración y servicio de comidas dice que "la formación se puede realizar interna o externamente", sin mencionar autorización, pero no se pronuncia sobre el decreto.
- Web oficial: Gobierno de Navarra, Registro Sanitario y guías de higiene.
País Vasco
Derogada de forma expresa en 2010.
- Norma antigua: Decreto 211/2001, de 2 de octubre, sobre la formación continuada de los manipuladores de alimentos (BOPV n.º 204, de 22 de octubre de 2001).
- Estado: derogada por el Decreto 337/2010, de 14 de diciembre, en su artículo primero (BOPV n.º 247, de 27 de diciembre de 2010).
- Web oficial: Gobierno Vasco, seguridad alimentaria.
La Rioja
Derogada de forma expresa en 2011.
- Norma antigua: Decreto 1/2003, de 31 de enero, sobre la formación de manipuladores y la autorización de las entidades de formación (BOR n.º 15, de 4 de febrero de 2003).
- Estado: derogada por el Decreto 6/2011, de 4 de febrero, en su artículo único (BOR n.º 20, de 11 de febrero de 2011).
- Web oficial: Rioja Salud, seguridad alimentaria.
Ceuta
Dudoso. Su reglamento de 2003 sigue publicado en la normativa de la Ciudad sin ninguna indicación sobre su vigencia. En octubre de 2026 hemos pedido aclaración por escrito a la Consejería de Sanidad y publicaremos aquí la respuesta.
- Norma antigua: Reglamento de 15 de septiembre de 2003 sobre la formación de los manipuladores de alimentos y la autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación (BOCCE n.º 4.255, de 26 de septiembre de 2003).
- Qué exigía: autorización de los centros por cinco años, profesorado titulado, cursos de 10 horas para los manipuladores de mayor riesgo y de 7 horas para el resto, y examen escrito para los de mayor riesgo.
- Estado: no consta derogado. Como indicio en sentido contrario, la sede electrónica de la Ciudad no ofrece ningún trámite para autorizar centros de formación de manipuladores.
- Web oficial: Ciudad Autónoma de Ceuta, Sanidad y Consumo.
Melilla
Derogada tácitamente, según la propia administración.
- Norma antigua: Reglamento regulador de la autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación de manipuladores de alimentos (BOME n.º 4.325, de 29 de agosto de 2006).
- Estado: la Ciudad explica que, al derogarse el Real Decreto 202/2000, "tácitamente se entienden así mismo derogadas" sus disposiciones de desarrollo, y que las autorizaciones de las entidades formadoras quedan sin efecto.
- Web oficial: Ciudad Autónoma de Melilla, manipuladores de alimentos.
Qué significa esto para ti
Si trabajas en cualquiera de los 18 territorios libres, lo que cuenta es que tu formación se adapte a tu puesto y que tu empresa la dé por buena. Puedes formarte con tu empresa, en un curso público o con una entidad privada, presencial u online.
Si trabajas en Ceuta, pregunta a tu empresa qué formación acepta antes de pagar ningún certificado, también el nuestro. En cuanto la Ciudad nos responda por escrito, actualizaremos esta página.
Si quieres repasar qué dice la ley en general, lo tienes en ¿es obligatorio el carnet de manipulador? y en ¿existe un curso oficial u homologado?
Preguntas frecuentes
¿Vale mi certificado de manipulador en otra comunidad autónoma?
Según la AESAN, los justificantes de formación tienen validez en todo el territorio nacional. Lo que decide si sirve para un puesto concreto es la empresa, que debe comprobar que la formación se adapta a él.
¿Hay cursos gratis de manipulador de alimentos de la Junta de Andalucía?
Puede haberlos cuando el Servicio Andaluz de Empleo los convoca. Tienes el enlace a su buscador y a los del resto de comunidades en carnet de manipulador gratis.
¿Necesita autorización una empresa de formación de manipuladores?
A nivel estatal, no: la AESAN dice que los centros ya no necesitan homologación ni autorización. Galicia y Navarra nos lo han confirmado por escrito en octubre de 2026. Solo en Ceuta sigue publicada una norma antigua que la exigía y cuya derogación no consta; por eso la marcamos como dudosa.
¿Mi carné antiguo expedido por una comunidad sigue valiendo?
Acredita la formación que hiciste, pero no tiene caducidad legal ni da una categoría especial. Tu empresa decide si es suficiente para tu puesto. Más en ¿caduca el carnet de manipulador?
Fuentes
- AESAN, Nota informativa sobre la formación de manipuladores de alimentos (Comisión Institucional de 17 de noviembre de 2013).
- AESAN, Documento de orientación sobre formación de manipuladores de alimentos (Comisión Institucional de 21 de julio de 2010), punto 3.
- Real Decreto 109/2010 (BOE), que derogó el Real Decreto 202/2000.
- Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, capítulo XII.
- Boletines oficiales y webs de cada comunidad y ciudad autónoma, enlazados en su apartado. Revisados el 14 de octubre de 2026.